Pregunta | Respuesta |
---|---|
¿A TRAVÉS DE QUE MEDIOS PUEDO ADQUIRIR LA LOTERÍA DEL QUINDÍO | Se puede adquirir por medio de los Loteros, agencias distribuidoras en físico, virtuales, club de abonados y en la Lotería del Quindío. |
¿CÓMO PUEDO CONSULTAR LOS RESULTADOS DE LA LOTERÍA DEL QUINDÍO? | Los resultados de la Lotería del Quindío de cada sorteo, pueden ser consultados por medio de la página web oficial, listas de resultados y redes sociales. |
¿CUÁL ES EL PLAN DE PREMIOS ACTUAL? | Ingresan a la pagina https://loteriaquindio.com.co/, deben bajar en la pagina a buscar PLAN DE PREMIOS donde pueden ver la tabla del plan de premios. |
¿CUÁNTAS SERIES TIENE EL BILLETE DE LA LOTERÍA DEL QUINDÍO? | El billete de la Lotería del Quindío tiene 140 series del número 000 a las 139. |
¿CUÁNTO TIEMPO SE TIENE PARA COBRAR UN PREMIO? | El tiempo máximo para reclamar un premio es de un (1) año, contados a partir del día del sorteo según la ley 1393 de 2010. |
¿EN QUÉ HORARIO JUEGA LA LOTERÍA DEL QUINDÍO? | El sorteo de la lotería del Quindío juega el día jueves de cada semana a las 10:30 pm en la trasmisión en vivo del canal de Telecafe. |
¿QUÉ DOCUMENTOS REQUIERO PARA RECLAMAR LOS PREMIOS DE LA LOTERÍA? | Los documentos que se requieren es referente al premio ganado, cuando el premio es inferior a $5.000.000 millones y no tienen retención solo debe traer la fotocopia de cédula y el billete, cuando el premio es mayor a $5.000.000 se debe adjuntar fotocopia de cedula, Rut actualizado, certificado de cuenta bancaria y billete del premio. |
¿QUE ES UN BILLETE? | Es el documento al portador indiviso o fraccionado, preimpreso o expedido por una máquina o terminal electrónica conectada en línea y en tiempo real con el sistema de gestión del juego, singularizado con una combinación numérica o con otros caracteres a la vista, emitido por la entidad administradora u operadora de la lotería, que constituye prueba del contrato de juego entre el tenedor del mismo y la entidad operadora de la lotería, permitiéndole a este participar en un único sorteo. |
¿QUE ES UN SECO? | son premios de menor cuantía que se sortean semanalmente después del Premio Mayor, esto quiere decir que los apostadores tienen más posibilidades de ganar con el mismo número y serie del billete o fracción que compraron. |
¿QUE ES UNA FRACCIÓN? | Actualmente el billete de la Lotería del Quindío consta de 4 fracciones; por ende, una fracción se define como una cuarta parte del billete con la que se participa por una cuarta parte del premio. |
¿QUÉ MEDIO PUEDO UTILIZAR PARA REGISTRAR UNA PQRS? | A través de la página web de la entidad https://www.loteriaquindio.com.co/, link de contáctenos o de manera física en la ventanilla única de la entidad ubicada en la carrera 16 No 19-21 edificio lotería del Quindío. |
¿QUÉ PORCENTAJE DEL PREMIO MAYOR ME GANO SEGÚN EL NÚMERO DE FRACCIONES QUE TENGO? | Teniendo en cuenta que actualmente el billete de la lotería del Quindío tiene cuatro (4) fracciones, el porcentaje por cada una de las fracciones es del 25% del valor del premio mayor. |
¿QUÉ RETENCIONES O DESCUENTOS TIENEN LOS PREMIOS DE LA LOTERÍA DEL QUINDÍO? | El 17% de impuesto por premios a ganadores y el 20% por retención en la fuente. |
¿QUE SON APROXIMACIONES? | Son premios que se pagan a los apostadores que tengan aciertos en diferente orden con respecto al número y serie del Premio Mayor o a quienes acierten con el mismo número de los secos con diferente serie. |
¿QUE SON LAS BALOTAS? | Son esferas que contienen los números que aportan las combinaciones ganadoras cuando se realizan los sorteos. |
¿QUE SON LAS BALOTERAS? | Son las máquinas en las que se depositan las balotas para la realización del sorteo, este dispositivo está diseñado para permitir la flotabilidad de las balotas y así garantizar la aleatoriedad del sistema. |
¿QUÉ TRAMITES DEBO HACER PARA REALIZAR UNA RIFA? | De acuerdo al artículo 2.7.3.5 del decreto 1068 de 2015, toda persona natural o jurídica que pretenda operar una rifa, deberá con una anterioridad no inferior a cuarenta y cinco (45) días calendario a la fecha prevista para la realización del sorteo, Dirigir solicitud escrita a la respectiva entidad de que trata el artículo 2.7.3.3 del presente título, en la cual deberá indicar: a) Nombre completo o razón social y domicilio del responsable de la rifa. b) Si se trata de personas naturales adicionalmente, se adjuntará fotocopia legible de la cédula de ciudadanía, así como del certificado judicial del responsable de la rifa; y tratándose de personas jurídicas, a la solicitud se anexará el certificado de existencia y representación legal, expedido por la correspondiente Cámara de Comercio. c) Nombre de la rifa. d) Nombre de la lotería con la cual se verificará el sorteo, la hora, fecha y lugar geográfico, previsto para la realización del mismo. e) Valor de venta al público de cada boleta. f) Número total de boletas que se emitirán. g) Número de boletas que dan derecho a participar en la rifa. h) Valor del total de la emisión, y plan de premios que se ofrecerá al público, el cual contendrá la relación detallada de los bienes muebles, inmuebles y/o premios objeto de la rifa, especificando su naturaleza, cantidad y valor comercial incluido el IVA. i) Cumplir con los requisitos para la autorización establecidos en el articulo 2.7.3.6 del decreto 1068 de 2015. |